Resolución Nacional N° 1065/2021 – Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

Samsung RG 3

En cumplimiento de lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior N° 2021-1065-APN-SCI#MDP del 7 de diciembre de 2021 damos cumplimiento a lo dispuesto en el punto 6.3. del Anexo I de la referida resolución.

En octubre de 2020 Mirgor tomó el control de Brightstar Fueguina S.A. y Brightstar Argentina S.A. dedicadas a la fabricación y comercialización de teléfonos móviles. Luego de una exhaustiva investigación y un informe de objeción la Secretaría de Comercio, previo dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, subordinó la autorización de la operación a los siguientes condicionamientos por un plazo de cinco años:

A los efectos de cualquier denuncia por cuestiones de defensa de la competencia deberá dirigirse al sitio Web argentina.gob.ar/defensadelacompetencia

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